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Si el titular del Contrato (trabajador dependiente o independiente) requiere reposo para recuperar la salud, tiene derecho a licencia médica y al respectivo subsidio de acuerdo a lo que indica la ley siempre que cumpla con los requisitos previsionales.
El titular trabajador dependiente debe presentar la licencia médica ante el empleador, en un plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la fecha de inicio del reposo. El empleador debe timbrar la colilla anotando la fecha de recepción, la que será guardada por el cotizante como comprobante de la entrega oportuna del documento.
El titular trabajador independiente debe presentar la licencia médica ante la Isapre en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la fecha de emisión de la licencia.
En el caso de licencia maternal postnatal, hay que adjuntar el certificado de nacimiento del recién nacido (original o fotocopia legalizada ante Notario)