Toda persona que sufra una emergencia con riesgo vital asociada a una patología GES, como por ejemplo un infarto cardíaco, debe dirigirse de inmediato al servicio de urgencia del establecimiento de salud más cercano. El médico tratante deberá certificar por escrito que hay una situación de riesgo vital y notificarlo en el sitio web de la Superintendencia de Salud.
Si debido a la urgencia se ve forzado a ingresar a un establecimiento que no corresponde a la Red de Prestadores GES, la persona que lo acompañe debe tomar contacto de inmediato con la Isapre para que, una vez esté estabilizado, sea trasladado al prestador de la Red GES designado por la Isapre. Si continúa su tratamiento en el establecimiento al que ingresó, y éste no pertenece a la Red GES, se perderán las garantías del GES y regirá la cobertura otorgada por el Plan de Salud Complementario.