Entre otras materias, la Ley impone a las Isapres las siguientes obligaciones:
a) Aplicar la Tabla de Factores Única contenida en la Circular IF 343 (TFU) a todos los contratos de salud administrados por la Isapre que no la utilizaban;
b) Ajustar todos los contratos de salud cuyo valor estuviera bajo la cotización legal obligatoria, a dicha cotización;
c) Presentar un Plan de Pago y Ajuste (en adelante, PPA) que debe ser sometido a la evaluación del Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales y a la verificación y aprobación de la Superintendencia de Salud. Este plan contiene:
• Los montos a restituir y nuestra propuesta de pago.
• Una propuesta de prima extraordinaria para restituir el equilibrio financiero y asegurar así la continuidad de servicio y coberturas de nuestros afiliados.