Incorporación prima extraordinaria
Dentro del Plan de Pago y Ajustes, se debe incluir una propuesta de prima extraordinaria por beneficiario a incorporar en todos los contratos que administre la Isapre, correspondiente al monto necesario para cubrir el costo de las obligaciones con sus personas afiliadas.
Con fecha 08 de octubre de 2024, la Superintendencia de Salud aprobó el Plan de Pago y Ajustes presentado por Isapre Colmena y la incorporación de una prima extraordinaria que asciende a 0,244 UF por beneficiario la que, conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 21.674, se incorpora a efectos de cubrir los costos precisos para restituir el equilibrio financiero y dar cumplimiento a los contratos de salud.
La prima extraordinaria fue calculada incorporando todos los esfuerzos en contención de costos y gastos que como compañía ya hemos realizado y que nos comprometemos a mantener. Esto nos ha permitido, como ya hemos indicado, aplicar la prima extraordinaria más baja de la industria.
Es importante tener en consideración que la incorporación de la prima tiene un tope de alza. La prima extraordinaria no podrá importar un alza mayor a un 10% por contrato respecto de la cotización para salud correspondiente al mes de julio de 2023 o al momento de la aplicación de la prima si el contrato fuese posterior a esa fecha. Por esta razón te sugerimos que revises la comunicación donde te informamos acerca de la prima efectiva incorporada en tu caso particular.
Colmena aplicará la prima extraordinaria más baja de la industria.
PREGUNTAS FRECUENTES
La Prima Extraordinaria es un valor adicional en UF que se cobrará a cada beneficiario y su objetivo es que la Isapre pueda dar continuidad de servicio y cubrir el costo de las obligaciones con sus afiliados.
En el artículo 3° de la Ley corta, se incorpora el cobro de una prima extraordinaria por parte de la Isapre, con el fin de restituir el equilibrio financiero y asegurar las coberturas de nuestros afiliados.
A partir de la remuneración de octubre 2024.