Programa

Nacional de alimentación

Programa Nacional de Alimentación Complementaria (PNAC)

Alergia a la Proteína de la Leche de la Vaca (APLV)

El Ministerio de Salud a partir del año 2015 implementó como parte del Programa Nacional de Alimentación Complementaria PNAC, el Subprograma “Alergia a la Proteína de la Leche de Vaca APLV”.

Posteriormente, mediante la Resolución Exenta Nº27 de fecha 14 de enero de 2019, que “Aprueba Actualización del Protocolo de Gestión Administrativa del PNAC-APLV”, se expandió la cobertura del PNAC a todos los niños y niñas menores de 2 años con diagnóstico confirmado de alergia a la proteína de la leche de vaca, independientemente de su sistema previsional, a partir del 16 de enero de 2019.

De acuerdo a lo señalado por el Ministerio de Salud, desde la fecha indicada anteriormente, comenzará la distribución de productos de este subprograma en los establecimientos de atención primaria de salud.

¿Quiénes pueden acceder al PNAC APLV?

Todos los niños y niñas menores de 2 años con diagnóstico de alergia a la proteína de la leche de vaca confirmado.

¿Qué productos se distribuyen?

El PNAC APLV distribuye dos tipos de productos: una fórmula hidrolizada y una fórmula aminoácida.

Los beneficiarios podrán recibir mensualmente hasta 4,5 kg de alguno de estos productos, de acuerdo a la prescripción médica.

¿Cómo se accede a este beneficio?

La derivación al Programa podrá ser realizada a través de la modalidad privada de atención del usuario. En este caso, el médico tratante deberá emitir la documentación que a continuación se indica:

• Formulario de “Ingreso al PNAC APLV”.

• Receta médica.

A los documentos señalados, se deberán agregar los siguientes:

• Certificado del registro del médico en la Superintendencia de Salud.

• Certificado de residencia.

• Fotocopia carnet de identidad del cuidador.

Todos los documentos deberán tener letra legible, todos sus campos completos y nombre, firma y timbre  del  médico tratante.

Retiro de los productos

El retiro de los productos se establecerá de manera mensual de acuerdo con los horarios definidos por cada establecimiento de salud.

El cuidador del beneficiario deberá presentar de forma completa la documentación en el establecimiento de atención  primaria en el que se encuentre inscrito o en el más cercano a su domicilio cumpliendo con los siguientes requisitos:

• Tener el beneficiario menos de dos años de edad cronológica o edad corregida en el caso de prematuros

• Presentar receta médica con indicación de tratamiento a través de fórmula hipoalergénica

• Presentar fotocopia de carnet de identidad

• Presentar carnet de control de salud o documento que lo reemplace

• Presentar certificado de inscripción del médico en la Superintendencia de Salud

Dependiendo del stock de productos en el establecimiento de atención primaria de salud, se podrá realizar la entrega inmediata del producto o citar al usuario dentro de las 3 siguientes semanas para el retiro del producto.

El encargado de distribución deberá ajustar el número de tarros de productos a entregar al beneficiario de acuerdo a los Kg solicitados en la receta médica y al gramaje del formato comercial vigente.

Egreso o Traslado de punto de distribución

Egreso

El paciente podrá hacer egreso del programa en cualquier momento por las siguientes causas:

• Razones clínicas que el médico especialista estime conveniente

• Por cumplimiento de la edad de término de la cobertura del PNAC APLV (dos años cumplidos)

• En estos casos, el médico tratante deberá realizar el formulario de “Egreso del PNAC APLV”. El cuidador deberá presentarlo en el punto de distribución para ser reingresado en el subprograma que corresponda.

• Además, se realizará egreso del programa si el beneficiario no realiza retiro del producto por un período de 3 meses.

Traslado de punto de distribución

En caso de que el beneficiario deba trasladarse de establecimiento de salud por cambio de domicilio, el encargado del establecimiento de atención primaria de salud, deberá completar el formulario “Traslado de punto de distribución para beneficiarios (as)” y presentarlo en su nuevo establecimiento de atención primaria.

Forman parte del anexo, los formularios que se indican a continuación:

• Formulario de “Ingreso al PNAC APLV”

• Formulario de “Traslado de punto de distribución PNAC APLV”

• Formulario de “Egreso del PNAC APLV”

• Acta de Retiro/No Retiro de fórmulas PNAC APLV”.

Para acceder a estos formularios deberás ingresar al siguiente link www.minsal.cl/pnac-informacion-relevante/ donde podrás obtener los formularios relacionados con el PNAC APLV.