ley permite que mujeres puedan incorporar a sus maridos como carga
En conformidad con lo establecido por la Superintendencia de Salud, te informamos que el 4 de junio de 2021 fue promulgada la Ley 21.337, bajo la cual “se entenderá que el matrimonio celebrado en la forma establecida por la ley permitirá a cualquiera de los cónyuges ser carga del otro”.
De esta forma, tanto mujeres como hombres podrán incorporar a su cónyuge como carga familiar en su Isapre, con el fin de que ambos puedan ser causantes de asignación familiar. Así, se modifica la situación previa, donde solo las mujeres podían ser cargas legales de su cónyuge.
En virtud de esta norma, quienes se incorporen como afiliadas a la Isapre deberán declarar como familiar beneficiario o carga legal a su cónyuge, cuando éste cumpla con los mismos requisitos que exige la ley para ser causante de asignación familiar respecto de la titular del contrato de salud. Asimismo, en el caso de que durante la vigencia del contrato el cónyuge de una afiliada adquiriera esos requisitos, también éste deberá ser declarado como carga legal.
En caso de requerir más información sobre la incorporación del cónyuge como carga de una afiliada, la Isapre te entregará la orientación correspondiente y los requisitos que exige la ley para estos efectos, así como los documentos necesarios para acreditar la calidad de familiar beneficiario.
Para mayor información, ingresa aquí.