Mediante oficio circular IF/N° 52, del 3 de julio de 2020, la Superintendencia de Salud instruyó que de manera excepcional y transitoria, mientras esté vigente la Alerta Sanitaria, y a partir de la fecha de vigencia de dicha circular, las Isapres deberán activar automáticamente la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC), respecto de las hospitalizaciones de sus afiliados y beneficiarios dispuestas por la UGCC (Unidad de Gestión Centralizada de Camas, dependiente de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud).
La Superintendencia dispuso también que las Isapres mantengan permanente contacto con esa Unidad para efectos de orientar la derivación de sus beneficiarios o gestionar su traslado al prestador que les otorgue los mayores beneficios contractuales, cuando ello sea posible.
En términos prácticos esto significa que, si existe un paciente con requerimiento de cama crítica y la Isapre no logra gestionar un cupo, ya sea en prestadores de su Red CAEC o fuera de la red, deberá coordinar directamente con la UGCC para que sea esa Unidad la que gestione un cupo donde exista disponibilidad a nivel nacional. En esos casos, la Isapre tendrá la obligatoriedad de activar automáticamente la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC).
En virtud de lo anterior, es muy importante que, si debes acudir a la urgencia de un prestador, prefieras aquellos prestadores de nuestra Red CAEC, de manera de asegurar que tu atención se realice en el prestador que te otorgue mayores beneficios contractuales, o que evalúes la cobertura de los prestadores que forman parte de la oferta preferente de tu plan de salud, en caso de que sean una mejor opción para ti.