Con el objetivo de mantenerlo siempre informado, le entregamos un resumen con toda la información relacionada al proceso de adecuación de precios base para el año 2024 y valor extraordinario Ley N° 21.647.
El procedimiento para adecuar el precio base de los planes de salud está regulado por la Ley de Isapres, contenido en el DFL N° 1 de Salud, de 2005, con las modificaciones incorporadas por la Ley N° 21.350. El proceso de adecuación 2024 se complementa con las modificaciones introducidas por el artículo 95 de la Ley N° 21.647 de fecha 23 de diciembre de 2023 que, entre otras materias, habilita a las Isapres para que, de manera extraordinaria y luego de la adecuación de precio base, puedan incorporar a todos sus precios finales, por cada beneficiario de edad mayor o igual a 2 años y menor de 65 años, un valor en UF para financiar en parte las prestaciones de salud de las cargas nonatas o menores de 2 años que no estén cubiertas a través del régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES), cuyo cobro se suspende a contar de marzo 2024.
Mediante Ord. SS N° 445 de fecha 02 de febrero de 2024, la Superintendencia de Salud confirmó que, para el año 2023, Isapre Colmena dio estricto cumplimiento a las metas de cobertura para el examen de medicina preventiva, encontrándose por tanto cumplido el requisito establecido en el artículo 198 bis del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, quedando en consecuencia facultada para materializar una adecuación de precio base.
Con fecha 2 de febrero de 2024, la Superintendencia de Salud emitió la Resolución Exenta SS Nº 196, mediante la cual fijó en 7,4% el ICSA, que corresponde a la variación real de costos de salud de las isapres entre los años 2022 y 2023 y al porcentaje máximo que éstas pueden ajustar los precios base de sus planes de salud. Con esta misma fecha, la Superintendencia de Salud emitió la Circular IF N° 460 que define el procedimiento de adecuación de precios base de los planes de salud y alza de precio final extraordinaria, que incorporó el artículo 95 de la Ley N° 21.647.
Isapre Colmena informó a la Superintendencia de Salud su decisión de aumentar el precio base de todos sus planes de salud y el valor extraordinario que se incorpora al precio final de los planes, por cada beneficiario de edad mayor o igual a 2 años y menor de 65 años, remitiendo los antecedentes y datos que justifican dicha decisión para que efectúe el proceso de verificación correspondiente. Como consecuencia de este proceso, mediante Resolución Exenta IF N° 3118 de fecha 28 de febrero de 2024, la Superintendencia de Salud verificó para Isapre Colmena una variación interanual del costo operacional de 2,4% y un valor de 0,06 UF que se incorpora de forma extraordinaria a todos sus precios finales por cada beneficiario de edad mayor o igual a 2 años y menor de 65 años.
En razón de lo señalado, considerando el aumento real de costos de salud informado por Isapre Colmena y las fundamentaciones que sostienen tanto el incremento de precio base como el valor extraordinario, lo que consta en la verificación efectuada por la Superintendencia de Salud mediante Resolución Exenta IF N° 3118 de 28 de febrero de 2024, informamos que Isapre Colmena adecuará el precio base de los planes de salud para el proceso de adecuación 2024 en un 2,4% e incorporará de forma extraordinaria a todos sus precios finales, por cada beneficiario de edad mayor o igual a 2 años y menor de 65 años, el valor de 0,06 UF, a fin de financiar las prestaciones de salud de las cargas nonatas o menores de 2 años de edad que no estén cubiertas a través del régimen de Garantías Explícitas en Salud.
Isapre Colmena está en permanente búsqueda de iniciativas que permitan contener costos en el gasto de salud.
La diferencia entre el ICSA de 7,4% estimado por la Superintendencia de Salud y el alza de 2,4% que aplicará Colmena significa que el aumento real (por sobre el IPC) del gasto de salud de Colmena entre los años 2022 y 2023 fue considerablemente inferior al promedio de la industria y que, en definitiva, es mucho más eficiente en materia de contención de costos, lo que finalmente implica una menor alza de precios base para nuestros afiliados. Por ello, lo invitamos a seguir haciendo uso de todos los beneficios, asesorías y campañas que Colmena pone permanentemente a su disposición y que puede revisar en la sección “Colmena te orienta”, con el fin de optimizar el uso de su plan, maximizando las coberturas y recibiendo la mejor orientación respecto de sus beneficios en prestadores que resuelvan sus problemas de salud de la forma más eficiente y oportuna.
No obstante todos los esfuerzos de contención de costos realizados durante el 2023, los que nos comprometemos a seguir realizando durante este año, el alza de precios base de 2,4% es necesaria para poder seguir entregando las coberturas y beneficios de los planes de salud de nuestros afiliados, la que fue verificada por la Superintendencia de Salud de acuerdo a los parámetros y justificaciones que puede revisar en la Resolución Exenta IF N° 3118.
De acuerdo a la normativa emitida por la Superintendencia de Salud y en concordancia con lo resuelto por la Excma. Corte Suprema, a contar de la cotización del mes de marzo de 2024 se suspende el cobro del factor etario por las cargas nonatas y menores de 2 años de edad para el cálculo del precio final de los planes de salud, sin perjuicio del cobro del precio GES correspondiente.
El valor de 0,06 UF corresponde al ajuste que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 95 de la Ley N° 21.647, de forma extraordinaria se incorpora al precio final de los planes por cada beneficiario de edad mayor o igual a 2 años y menor de 65 años, con el objeto de mitigar el no cobro de personas nonatas y menores de 2 años a fin de financiar las prestaciones de salud de estos beneficiarios que no estén cubiertas a través del régimen de Garantías Explícitas en Salud.
Este valor fue calculado de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Salud en la Circular IF N° 459, norma que estableció que para estimar el valor extraordinario debían considerarse todos los contratos de salud cuyo precio se calcule mediante una tabla de factores, independiente de si el plan de salud pactado es individual o grupal. El detalle del cálculo verificado por la Superintendencia de Salud puede revisarlo en la Resolución Exenta IF N° 3118.
De acuerdo a la normativa vigente, sus opciones y derechos son:
i) Mantener su actual plan de salud con el nuevo precio. Si nada dice hasta el 31 de mayo de 2024, se entiende que acepta la variación del precio base de su plan de salud y el valor extraordinario. El descuento del nuevo precio final a pagar se aplicará a la remuneración de marzo de 2024.
ii) Cambiar su plan de salud, que puede ser el alternativo que le proponemos en la comunicación de adecuación u otro. Si opta por cambiarse a un nuevo plan de salud, debe firmar la documentación respectiva en cualquiera de nuestras sucursales, hasta el último día del mes de mayo de 2024.
iii) Si no está de acuerdo con las opciones anteriores, puede poner término a su contrato de salud, para lo cual debe suscribir una carta de desafiliación hasta el 31 de mayo de 2024, mediante su Sucursal Virtual (www.colmena.cl) o en cualquiera de las sucursales a lo largo del país.
Si desea evaluar otras alternativas y ser asesorado por una de nuestras Ejecutivas especializadas, lo invitamos a ingresar en el siguiente link, seleccionando la opción “Cambio o modificación de plan de salud”.
A continuación, puede acceder a los documentos mencionados más arriba: